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Ley Integral para la no discriminación de sexo por parte de las aseguradoras

 
Ha sido aprobada por el Consejo de Ministros la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Esta ley contempla que en ningún caso el sexo podrá constituir un factor que determine diferencia de trato en las primas y prestaciones de las personas aseguradas. Para la tramitación parlamentaria del proyecto, se ha solicitado el procedimiento de urgencia. Se da cumplimiento así a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 1 de marzo, que establece que no pueden existir diferencias de trato por razón de sexo, recordó el Ejecutivo.

Por otro lado, el Comité Europeo de Seguros (CEA) ha presentado la posición de la industria aseguradora europea sobre las consecuencias de dicha resolución, que determina que la disposición que posibilita que los Estados de la UE permitan diferencias por sexo en las primas de seguros no es válida a partir del 21 de diciembre de 2012.

Desde el CEA se insiste en que es necesario claridad jurídica al respecto, por lo que insta a la Comisión Europea a aclarar que la sentencia sólo se aplicará a los nuevos contratos celebrados después del 21 de diciembre de 2012. También pone de manifiesto en un documento la influencia que la evaluación precisa del riesgo tiene sobre los precios de seguros y sus beneficios para los consumidores y la competencia. Mediante ejemplos específicos, el CEA demuestra las consecuencias perjudiciales de la decisión del Tribunal sobre las mujeres, tales como el aumento de las primas del seguro de Autos o del plazo de seguro de Vida al contratar una hipoteca.

      

 
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