La sentencia es pionera porque aceptando parcialmente las peticiones formuladas, se acoge a la posibilidad, prevista en la ley que regula las indemnizaciones por accidentes de tráfico, de sustituir una parte de la indemnización que le podría corresponder a la víctima por una renta vitalicia, sin sujeción a ningún límite de tiempo ni de cantidad.
El objetivo es que el coste de las múltiples necesidades asistenciales de toda índole que la niña precisará durante el resto de su vida quede cubierto. Esta sentencia, contra la que solo cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
“Abre el camino para que las víctimas de accidentes de tráfico que padecen graves secuelas de incapacidad sean indemnizadas con dignidad”.