Los requisitos para solicitar la indemnización ‘on line’ y obtener el registro informático inmediato son que el asegurado, o quien realice en su nombre la solicitud (es decir, su aseguradora, el agente o el corredor), disponga de certificado o DNI electrónicos y siga los pasos para cumplimentar los datos que se indican en las distintas pantallas que van mostrándose durante el proceso.
De la misma manera que ocurre en el caso de la solicitud de indemnización a través de teléfono, la documentación que sea necesaria para la tramitación de la solicitud realizada a través de la web del Consorcio podrá aportarse posteriormente al perito tasador de seguros que designe el CCS para examinar los bienes asegurados dañados y valorar los daños que se hubiesen producido. Es importante recordar que Internet a través de su web y la vía telefónica son alternativas, debiendo utilizarse solamente una de las dos.