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Renovación del Baremo de Autos

 
La comisión para la renovación del Baremo de Autos presentó la pasada semana a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) su plan para cambiar el sistema. Desde su presentación queda abierto un plazo de 20 días para que todos los grupos interesados realicen sus alegaciones. El borrador de este documento es noticia hoy en diversos medios en los que se coincide en que el nuevo baremo supondrá un aumento medio de las indemnizaciones (se cifra entre un 10% y un 15%), debido especialmente a la revisión al alza de las cuantías que perciben los lesionados graves.

Hoy en día, la indemnización máxima en un caso extremo de gran lesionado puede llegar a 1.300.000 euros, pero con el nuevo baremo propuesto esa cuantía podría llegar hasta los 3 millones en el caso de que la víctima fuera una persona joven y sus lesiones muy graves como la tetraplejia. Si el gran lesionado tuviera más de 75 años de edad, la subida estaría entre el 15% y el 20%.

Ocurrirán casos en los que la nueva indemnización será más baja: en el caso de la propuesta de indemnización en caso de muerte, el cónyuge tendría derecho a una indemnización de 105.000 euros si la víctima tiene menos de 67 años y convivían desde hacía 30 años. La reforma beneficiará especialmente a aquellas personas que padecen lesiones de por vida tras sufrir un accidente.

Dentro del nuevo baremo se diferencia entre daño moral y daño patrimonial. La comisión de expertos propone unas tablas generales donde se cuantifica el daño patrimonial en cada caso teniendo en cuenta los ingresos, la edad de la víctima y las lesiones sufridas. Además, se incrementa sustancialmente la “ayuda de tercera persona”. En la actualidad, está limitada a un máximo de 380.000 euros y se aumentaría hasta 1.200.000 euros para un gran lesionado muy joven.

Perjudicados

En el texto figuran cinco categorías autónomas de perjudicados en caso de fallecimiento: el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados. “Tiene la condición de perjudicado quien está incluido en alguna de dichas categorías, salvo que concurran circunstancias que supongan la inexistencia del perjuicio a resarcir”. Se incluyen compensaciones para los nietos a cargo de los abuelos que fallezcan en siniestros de tráfico, para parejas de hecho y familiares de segundo o tercer grado.

El cónyuge viudo no separado legalmente recibirá un importe fijo hasta los quince años de convivencia, en función del tramo de edad de la víctima, y un incremento por cada año adicional o fracción.

      

 
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