valor a nuevo

 

 

Supongamos que tenemos un coche de cinco años de antigüedad asegurado contra incendio y que un día empieza a arder por el motivo que sea y se quema entero. La compañía declara el coche siniestro total. Como es obvio, la aseguradora no nos resarcirá con el importe equivalente del coche nuevo, porque nuestra unidad ya tenía cinco años. Sin embargo, nosotros teníamos el coche muy bien cuidado, “como nuevo” y consideramos que nuestro coche valía mucho, siempre había estado en nuestras manos, había pasado todas las revisiones, no tenía ni un golpe y lo cuidábamos mucho.

La pregunta es inmediata. De acuerdo, el coche no era nuevo, pero ¿Cuánto dinero me van a pagar?

Este ejemplo anterior y otros con las mismas repercusiones (considerados siempre siniestro total) se encuadran siempre en uno de los siguientes supuesto:

  • El accidente ocurrido es de tal magnitud que el coche queda inservible y está para el desgüace.
  • En un incendio, el coche arde completamente
  • Tras un robo el coche no aparece

En todos los casos a los que nos referimos, el bien asegurado se ha perdido por completo. Esta eventualidad se traduce en diferencias de cientos o miles de Euros entre tener contratada una buena póliza de seguros o una póliza menos buena.

Partamos de un principio común. En todas las compañías la indemnización que corresponda se calculará en función de la antigüedad del coche y de la póliza contratada.

Esta indemnización se calcula y se plasma mediante las siguientes definiciones.

 

Valor a nuevo

Significa una indemnización por el precio del coche nuevo. Este precio de coche nuevo incluye impuestos de coche nuevo (IVA e Impuesto de matriculación). Además, si los tenemos declarados en la póliza , se incluirán los accesorios no de serie o, en su defecto, cuando la compañía los cubra sin sobreprima.

La compañía debe ofrecer siempre dos opciones. Una es que compre ella a nuestro nombre un coche idéntico al que poseíamos (las compañías pueden obtener mejores precios que los particulares) y que seamos nosotros quienes vayamos a recogerlo al concesionario. La otra, que la compañía nos entregue a nosotros el dinero que cuesta el coche nuevo y que seamos nosotros quienes decidamos si compramos el mismo modelo que teníamos o uno diferente. Esta opción de entregar el dinero en metálico es de obligado cumplimiento por parte de las compañías.

 

Valor de mercado (o valor de reposición)

Es el precio al que un tercero estaría dispuesto a comprar ese coche en el instante anterior al siniestro, con todas sus característica y propiedades justo antes del accidente o percance. Es un precio independiente de los kilómetros que tenga el coche y de lo cuidado que esté. Para fijar ese precio también se tienen en cuenta los accesorios no de serie si estaban descritos explícitamente en la póliza (Accesorios no de serie).

 

Valor venal

Es el precio del coche al que se hubiera vendido justo en el instante anterior al siniestro, con todas sus característica y propiedades justo antes del accidente o percance. Es un precio independiente de los kilómetros que tenga el coche y de lo cuidado que esté. Para fijar ese precio también se tienen en cuenta los accesorios no de serie si estaban descritos explícitamente en la póliza (Accesorios no de serie y de serie).

Es clave en este asunto diferenciar entre el valor de venta y de compra de un vehículo. Entre el valor venal y el de mercado. La diferencia entre uno y otro si sitúa aproximadamente entre el 20 – 30%. Por lo que la diferencia entre que nos tasaran el coche por el valor venal o por el de mercado sería considerable.

Ejemplo: Vendemos un coche de tres años de antigüedad en perfecto estado a un concesionario o a una empresa de compraventa porque queremos comprar otro más pequeño. Nos dan por él 6.000 Euros (valor venal). Dos semanas después, vamos a comprar ese mismo coche al mismo concesionario o compraventa (porque nos hemos dado cuenta de que hemos cometido un error y que ese coche era ideal para nosotros) y nos venden el mismo coche (con los mismos kilómetros en el mejor de los casos). Pues bien, es improbable que consigamos un precio inferior a 7.200 Euros (valor de mercado). Como el coche que vendimos estaba en perfecto estado, esa diferencia puede deberse a varios motivos: un lavado a fondo de la tapicería y el interior, oferta de garantía al nuevo comprador, gastos de transferencia (impuestos) y la ganancia del vendedor.

 

Valor venal mejorado

La mejora es un elemento difuso dentro de este concepto. Se parte del valor venal antes descrito y se aplica un porcentaje de mejora que cambia de unas compañías a otras. El resultado en cualquier caso es que mejora la indemnización recibida, porque no queda ajustada al valor venal. Para conocer cada caso concreto, como siempre, es imprescindible recurrir a la póliza y consultar las Condiciones Generales.

No hay una norma fija entre las aseguradoras y cada compañía puede aplicar criterios diferentes. El precio con el que finalmente indemnicen cada siniestro depende de la póliza contratada por cada usuario. Normalmente se establece una indemnización por valor a nuevo durante el primer año de matriculación del coche. En algunos casos, este valor a nuevo se prolonga hasta los dos años. A partir de ahí, la tasación se hace a valor de mercado, venal o venal mejorado. Existe la posibilidad, poco frecuente, de que se aplique el valor venal desde el momento de la compra. Cada aseguradora tiene un criterio e incluso es posible que una misma aseguradora ofrezca dos pólizas diferentes con diferentes criterios. Lógicamente, esta diferencia de criterio también influye en el precio de las pólizas.

Conocer bien el baremo que aplica la compañía de seguro en estos casos es fundamental, especialmente durante los primeros años de vida del coche.

Ejemplo: Adquirimos un coche y nos cuesta 18.000 euros. Contratamos una póliza de seguro en cuya póliza se detalla que indemniza por el valor venal desde el primer momento. Al tercer mes nos roban el coche. La compañía nos indemniza con unos 12.000 euros (el Valor Venal). No debe olvidarse que sólo por matricularlo y sacarlo del concesionario un coche pierde alrededor de un 30% de su valor.

En ese momento nos puede doler acordarnos de los pocos cientos de Euros que nos ahorramos con la póliza del seguro.

Otras compañías aplican diferentes baremos de tasación en función de los diferentes siniestros. Aplican, por ejemplo, valor a nuevo si se trata de robo o incendio y valor venal cuando afecta a la cobertura de daños propios.

 

Recomendaciones

Cuando el vehículo es nuevo (uno o dos años) la cobertura de daños propios, incendio y robo debe mimarse con esmero. Es imprescindible conocer bien los detalles de la póliza que firmamos para no llevarnos a engaño y correr el riesgo de perder varios miles de Euros por un ahorro de unos cientos. A nuestro juicio, es importante mirar las condiciones generales tener la garantía de que durante los dos primeros años recibiremos una indemnización por valor a nuevo en caso de un siniestro que sea imposible de reparar.

A partir del tercer año del vehículo, el valor a nuevo no importa nada, porque ninguna compañía lo aplicará. A partir de esa edad del vehículo en lo que hay que fijarse es si la compañía nos aplicará el valor venal o el valor venal mejorado. Cuanto más se acerque al valor de compra mejor, porque entre el valor venal y el de compra pueden existir diferencias de hasta un 30%.

 

IMPORTANTE: Fecha de matriculación y de fabricación

Casi todas las compañías determinan la antigüedad del vehículo por la fecha de la primera matriculación en el organismo competente, que en España es la Delegación de Tráfico correspondiente.

Pero la primera matriculación no se realiza siempre en España. Quienes importan coches, la fecha válida de la primera matriculación es la fecha de matriculación en el país de origen y no la fecha de rematriculación en España.

Pero no todas las compañías toman como referencia la fecha de matriculación. Algunas compañías consideran que la antigüedad del vehículo viene determinada por la fecha de fabricación.

La diferencia entre una y otra fecha de antigüedad puede ser muy importante. Pongamos por caso un coche fabricado en Japón. Primero se fabrica, luego se lleva hasta el puerto, se almacena, se embarca, llega a España, se vuelve a almacenar, se transporta hasta el concesionario, se vende, se matricula... pueden pasar varios meses en completar todo este proceso. Incluso más de un año.

Con esa diferencia de tiempo, el periodo de tiempo en el que el coche siniestrado se indemniza con valor a nuevo puede reducirse notablemente. (No está de más preguntar en el concesionario, antes de realizar la compra, que nos confirmen por escrito la fecha de fabricación del coche o comprobar en el permiso de circulación la diferencia entre la fecha de matriculación y la de fabricación).

Ejemplo: Aseguramos un coche con una cobertura por daños propios con valor a nuevo durante el primer año con una compañía que determina la antigüedad del coche por la fecha de fabricación. El coche que acabamos de adquirir ha estado en el stock del fabricante durante diez meses (en época de descenso de ventas no es infrecuente, porque las marcas fabrican más coches de los que absorbe el mercado). En ese supuesto, a partir del segundo mes de disfrutar del coche ya no tenemos la cobertura por el valor a nuevo (y estamos pagando como si la tuviera), aunque para nosotros se trate de un coche completamente nuevo al que ni siquiera le ha desaparecido el olor característico de coche nuevo.

 

 

   

 
 
 
la letra pequeña de los seguros
 
Te mostramos otros artículos donde se explica y analiza otras coberturas que puede tener una póliza de seguros, y aspectos de especial interés a tener en cuenta cuando se contrata un seguro de coche.
 
Accesorios de serie y opcionales: Todos los elementos que están incluidos en el precio de serie de un vehículo son los accesorios de serie. Los accesorios no de serie son aquellos elementos por los que el conductor tiene que pagar un precio adicional si quiere disponer de ellos en su coche.
Ámbito geográfico de cobertura: Contratar una póliza de seguro para un automóvil implica disponer de una serie de coberturas, ahora bien, falta una información importante: ¿cuál es el ámbito geográfico en el cual dicha póliza está en vigor?, o dicho de otro modo, ¿se puede viajar a cualquier parte del mundo estando cubierto por la póliza?
Asistencia en viaje: esta cobertura es la que se ocupa del vehículo y sus ocupantes en el caso de que, bien por avería, o por accidente, no podamos continuar el viaje. La aseguradora pondrá a disposición del asegurado los medios necesarios para trasladar al vehículo al taller, y a los ocupantes a su lugar de destino...
Bonificaciones: Con este sistema de bonificaciones y penalizaciones, las compañías persiguen personalizar las pólizas en función del historial de siniestralidad de cada conductor, con el objetivo de ajustar los precios en cada caso en función de cada riesgo individual
Coche de sustitución: El objetivo de esta cobertura es garantizar la movilidad del asegurado, mediante un vehículo de sustitución mientras el suyo esté de reparaciones en el taller. Otra posibilidad es que el asegurado reciba una indemnización dineraria para que pueda utilizar otro medio de transporte (taxi, autobús, tren) durante los días que su coche esté en reparación.
Conductor ocasional: La figura del conductor esporádico u ocasional del vehículo es complicada. Las aseguradoras no quieren asumir los riesgos que implica que el coche asegurado a nombre del padre sea conducido por el hijo que se acaba de sacar el carné o que todavía tiene edad para ser considerado joven, según las Condiciones Generales del contrato.
Crédito reparación: Esta cobertura surge con el propósito de ayudar al asegurado con un préstamo cuando tenga que sufragar la reparación de su vehículo tras un accidente.
Daños propios: Con esta cobertura, el asegurado firma una póliza que le permite ser indemnizado cuando concurren diversos hechos:
Defensa jurídica: La vida de un conductor puede verse enturbiada por diferentes consecuencias indeseables tras un accidente. Además del riesgo de sufrir lesiones de los ocupantes del vehículo propio, conductor incluido, pueden producirse víctimas de peatones o de ocupantes de otros vehículos. Se cual sea la causa, es posible que el conductor considerado culpable pueda incurrir en responsabilidades penales.
Defensa en multas: El origen de esta multa consiste en ayudar al asegurado a defender sus derechos frente a la administración cuando le ha sido una multa de tráfico que desea recurrir, porque la considera injustificada o por cualquier otro motivo que sea compatible con el ordenamiento jurídico español.
Exclusiones generales: En casi todas las coberturas que componen una póliza de seguros de automóvil existen una serie de excepciones, conceptos o situaciones que no quedan cubiertas por la póliza.
Final prematuro: os seguros para automóviles tienen la duración de un año. Pero en ocasiones el coche desaparece antes de que concluya la validez de la póliza de las manos del propietario (venta, incendio, robo, siniestro total...). Vamos a analizar qué sucede en esos casos, si se puede recuperar parte de la prima pagada y no usada
Franquicias: Las compañías de seguros siempre buscan la forma de reducir el riesgo de que se produzca un siniestro. Les compensa cobrar menos por la prima del seguro si saben que el riesgo de que se produzca un siniestro se reduce de forma notable.
Grandes daños: Esta cobertura cubre únicamente por los daños del vehículo propio: No cubre bienes materiales terceros ni posibles lesiones del conductor ni a ocupantes u otras personas.
Incendio: El objetivo de esta cobertura, que es recibir indemnización por el valor del vehículo en supuesto de incendio, se producirá sí y sólo si se produce un incendio y el coche resulta dañado por tal motivo y no existe tercero culpable que asume la culpa del incendio.
Lunas: Esta cobertura tiene como objetivo asegurar que la compañía aseguradora indemnice al cliente cuando se produzca una rotura en el parabrisas (luna delantera), en la luneta posterior y en las lunas laterales del automóvil.
Responsabilidad civil: Es la póliza de seguro indispensable para circular de forma legal, porque tiene una característica que la distingue: su contratación asociada a un vehículo es de obligado cumplimiento para circular con él. No tener asegurado el coche con esta póliza supone inmovilización del vehículo y multa a su conductor.
Retirada de carné: El objetivo de esta cobertura consiste en garantizar que el asegurado mantiene su capacidad de desplazamiento cuando, por las causas que sea, sufre una retirada del carné de conducir.
Robo: Con esta cobertura tenemos el objetivo de que nuestra compañía aseguradora nos indemnice en el supuesto de robo de parte del coche, robo del coche completo o cuando el vehículo ha sufrido daños y desperfectos como consecuencia del robo.
Seguro del conductor: El origen de esta cobertura se basa en la posibilidad de proteger al conductor culpable de un accidente. Puede ser culpable por muchos motivos: distracción, imprudencia temeraria, exceso de velocidad, etc. En cualquiera de estos, el conductor, por ser culpable, no tiene derecho a recibir indemnización de ningún tipo. Él queda desprotegido y, en muchas ocasiones, sus familiares desamparados.
Siniestro total: Una de las expresiones que aparecen en las Condiciones Generales de la póliza de seguro y que más interés tienen para el asegurado es el de "Pérdida Total". Es una expresión equivalente a la que se utiliza casi siempre en su lugar: “Siniestro Total”.
Valor venal, valor venal mejorado: Es el precio del coche al que se hubiera vendido justo en el instante anterior al siniestro, con todas sus característica y propiedades justo antes del accidente o percance.
Variación del riesgo: Las compañías determinan el precio de una póliza de un seguro en función del riesgo que están dispuestas a asumir y de las coberturas con las que protegen al asegurado en cada siniestro.
Venta del vehículo: La vigencia de una póliza de seguro y los periodos de propiedad de un vehículo no tienen por qué estar sincronizados. No tendría ningún sentido que hubiera que sincronizar el periodo de tenencia de un vehículo con los plazos anuales de los contratos de seguros.
 
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